Nuevos modelos de familia. En constante evolución

El concepto legal de familia se basa en un patrón cultural, constitucional, abierto y plural adaptable a las necesidades sociales de cada momento. Está formada por el conjunto de las relaciones derivadas del parentesco así como las provenientes de las formas de constitución y organización del grupo familiar a las que la ley reconoce ciertos efectos, deberes, derechos y obligaciones.
Se diferencian varios tipos de familia: la tradicional es la troncal basada en funciones reproductivas, protectoras y educativas, donde la mujer se asocia a la casa y la familia y el hombre a la protección de los hijos y de la esposa; la nuclear extendida, formada por padre, madre e hijos, se basa en un sistema conyugal, parental, filial fraternal, abuelos; la familia monoparental, formada solamente por padre o madre; también la familia rota, incompleta o disfuncional: viuda, soltero, divorciado. Las uniones de hecho son parejas que viven en común unidas por vínculos afectivos o sexuales incluyendo la posibilidad de tener hijos pero sin matrimonio, caracterizándose por una convivencia emocional con acuerdos económicos. Las parejas homosexuales se definen como aquellas en las que existe libertad para elegir la opción de vida a nivel emocional y sexual. Por último, las familias reconstituidas en la que uno de los cónyuges proviene de una familia anterior y uno de los dos tiene tutela de los hijos o que ambos tengan hijos comunes.
El concepto de familia ha evolucionado, se ha producido una clara pérdida de las funciones tradicionales, se da una contracción en torno al núcleo familiar estricto y cambios de mentalidad y control de la natalidad. Estas circunstancias conllevan que las tendencias actuales en el concepto de familia se caractericen por una mayor autonomía de la voluntad en los pactos que afectan a los miembros, en el establecimiento de los vínculos emocionales y en la forma de resolución de los conflictos con la mediación, acuerdos, arbitraje. En segundo lugar, con la mayor relevancia del elemento afectivo como constitutivo de la familia: desconexión entre el matrimonio y la procreación, se admite matrimonio homosexual y la capacidad matrimonial transexual.
Es esencial la incidencia de los avances médicos y tecnológicos con la redefinición de la verdad biológica en la relación de filiación y en la reproducción humana; y la extensión del principio de igualdad entre los miembros de la pareja, se establece la igualdad de los hijos, existe solidaridad entre los miembros y en las relaciones familiares y aumenta la diversidad y tolerancia.

Artículo publicado en La Vanguardia

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